(AW) "Aún sigue existiendo un gravísimo desconocimiento sobre la cantidad real de muertes violentas ya que se las disfraza con otro nombre para no decir que son muertes bajo responsabilidad estatal. Son crímenes silenciados que la Procuración, en la medida de sus posibilidades, hace que se escuchen pese a la distorsión oficial y el ocultamiento sistemático". Esta denuncia es uno los pasajes el balance 2010 que realizó el abogado Ariel Cejas Meliare, segundo hombre de la Procuración Penitenciaria de la Nación, organismo cuya misión es la defensa de los derechos humanos de las personas privadas de libertad en el ámbito federal (tal como lo es para el Comité contra la Tortura en Pcia de Bs. As.). De este modo, la Agencia Walsh continúa con la difusión del Balance (anti) carcelario del pasado año.
"El nombramiento de un civil al frente del SPF fue celebrado en tanto se consideró que resultaba un avance en la necesaria democratización de la fuerza de seguridad. Sin embrago, es necesario decir que dicho civil ha profundizado las obstaculizaciones, y su presencia lejos de desarticular los entorpecimientos lógicos de cualquier fuerza de seguridad frente a la actividad de control, los ha legitimado". El civil al que refiere Cejas Meliare en el texto no es otro que Alejandro Marambio Avaría, director nacional del SPF y hombre de Aníbal Fernández. Este personaje, defendido a capa y espada por el gobierno nacional toda vez que organismos y personas lo denunciaron, ordenó por escrito a los efectivos de su fuerza que hagan inteligencia ante cada visita del procurador, o de cualquiera de esa entidad que se llegue a los penales. También que tomen nota de nombres y apellidos de los presos entrevistados para su posterior escarmiento. Y ni se salvaron de la lista negra los propios penitenciarios que se aceptaron ser consultados.
Por otra parte, el Mecanismo Nacional de Prevención (del él se habla en este balance), que permitiría a organizaciones humanitarias auditar y quebrar el silenciamiento, permanece cajoneado y el Estado lleva un "retraso" de varios años en su ejecución. Es que la cárcel no solo amontona y aniquila a los pobres, sino que a la vez es una gran caja que financia parte de la acción política. Paradojas de la Argentina: los asesinatos, tormentos y latrocinios, son perpetrados por hombres de esta fuerza y del gobierno, esenciales responsables en rememorarnos el cuento chino de la "resocialización".
Oscar Castelnovo
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Las principales trabas para controlar, auditar y revertir los hechos gravísimos que marcan la vida cotidiana de miles de seres humanos en las prisiones provienen del Estado, quien ha dilatado en extremo la implementación del Mecanismo Nacional de Prevención establecido en el Protocolo internacional que le dio origen, al que inmediatamente nos referiremos.
El 15 de noviembre de 2004, el Estado argentino ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. De esta forma, la Argentina se constituyó en uno de los primeros países en ratificar dicho Protocolo.
El Protocolo Facultativo tiene por objeto reforzar las herramientas de prevención de la tortura mediante la creación de un sistema de visitas a lugares de detención basado en un doble mecanismo: la creación de un Organismo internacional- el Subcomité Internacional para la Prevención- y el establecimiento por parte de los Estados de sus propios Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP). Hasta el momento no se ha avanzado en nada en su implementación, más bien todas fueron escollos por parte del oficialismo que permiten la discrecionalidad de los agentes penitenciarios sobre las personas en situación de cárcel.
Por caso, aún sigue existiendo un gravísimo desconocimiento sobre la cantidad real de muertes violentas ya que se las disfraza con otro nombre para no decir que son muertes bajo responsabilidad estatal. Son crímenes silenciados que la Procuración hace, en la medida de sus posibilidades, que se escuchen pese a la distorsión oficial y el ocultamiento sistemático que se hace de ellos.
La Procuración Penitenciaria de la Nación tiene la misión de proteger los derechos humanos de las personas privadas de libertad por cualquier motivo en jurisdicción federal, así como controlar la actuación del Servicio Penitenciario Federal u otros agentes que tengan personas bajo custodia. Registra su ámbito de intervención sobre lugares de detención y de privación de la libertad nacional y provincial en los que estén alojadas personas de jurisdicción federal y/o nacional. La creación de una institución específica de protección de los derechos humanos de las personas detenidas y privadas de libertad ambulatoria, ha sido un avance significativo en el marco del afianzamiento de la democracia en nuestro país.
La entidad desarrolla sus actividades a través de visitas, monitoreos, auditorias y audiencias regulares, particularmente en las 34 cárceles del Servicio Penitenciario Federal, distribuidas por todo el territorio nacional, registrando una mayor concentración de población, tanto de mujeres-adultas y jóvenes-adultas y varones adultos y jóvenes adultos en la Unidades de la zona Metropolitana, Complejos Penitenciarios I y II, Unidad 24, (Ezeiza y Marcos Paz, Complejo Penitenciario de la Ciudad de Buenos Aires (Villa Devoto), Unidad N° 3 y 31 de Ezeiza, entre otras.
Malos tratos y torturas en cárceles federales
En función de la entrada en vigor del referido Protocolo Facultativo del Convenio contra la Tortura, desde el año 2007 el Procurador Penitenciario señaló como una de las líneas de trabajo prioritarias para abordar desde el Organismo la cuestión de la tortura y los malos tratos. En el año 2007 ello se concretó fundamentalmente a través de dos iniciativas:
1.- La creación de un "procedimiento para la investigación y documentación eficaz de casos de tortura y malos tratos" establecido por la Procuración Penitenciaria Nacional (en adelante PPN) en base a los principios y criterios del protocolo de Estambul.
2.- El diseño y realización de la investigación "Malos Tratos Físicos - Torturas en Cárceles Federales"
En continuidad con dichas líneas de acción desarrolladas durante el año 2007, y vinculado con el proceso de implementación del Protocolo Facultativo del Convenio contra la Tortura, en los ejercicios 2008-2009 se mantuvo como objetivo de trabajo prioritario la lucha contra la tortura y los malos tratos en cárceles federales.
En continuidad con dichas líneas de acción desarrolladas durante el año 2007, y vinculado con el proceso de implementación del Protocolo Facultativo del Convenio contra la Tortura, en los ejercicios 2008-2009 se mantuvo como objetivo de trabajo prioritario la lucha contra la tortura y los malos tratos en cárceles federales.
Ello se plasmó en las siguientes actividades:
• Finalización y difusión de la investigación sobre tortura y malos tratos en cárceles federales, la cuál fue presentada públicamente y publicada en formato libro bajo el título "Cuerpos Castigados. Malos tratos físicos y tortura en cárceles federales", Buenos Aires, Editores del Puerto, 2008;
• Evaluación de la respuesta del Poder Ejecutivo frente a los resultados de la referida investigación, la cuál se incluyó en el Informe Anual 2008;
• Se ha iniciado en el año 2009 el Proyecto de seguimiento y actualización sobre "Malos Tratos y Torturas en cárceles federales", el cuál ya ha producido como primer resultado el Informe Preliminar sobre Malos Tratos en el Complejo Penitenciario Federal II.
• Se avanzó en el Registro de casos judiciales de tortura creado en esta Procuración en el año 2007, confeccionando una base de datos y procediendo al cargado de la misma, previa recolección de la información en sede judicial;
• Se ha continuado con la aplicación del Procedimiento de investigación y documentación de casos de malos tratos y tortura establecido por la PPN en el año 2007 en base a los principios y criterios del Protocolo de Estambul. La aplicación de dicho procedimiento se inició en el mes de octubre de 2007 y se ha mantenido y perfeccionado a lo largo del bienio 2008-2009. En este procedimiento se incluyen los casos de tortura que concluyen en una denuncia penal y por lo tanto integran los casos judicializados, así como aquellos que denominamos casos comunicados, en los que la persona detenida víctima de tortura comunica al organismo las torturas y/o malos tratos padecidos pero expresa su decisión de no realizar la denuncia penal correspondiente y, por lo tanto, la PPN lleva adelante una investigación con reserva de su identidad.
• En función del referido Procedimiento de investigación y documentación de casos de malos tratos y tortura, se ha creado además una base de datos para el registro y tratamiento estadístico de los resultados de dicho procedimiento, la Base de datos de casos de tortura y otros malos tratos investigados y documentados por la PPN;
¿Cómo mirar tras los muros?
• En el año 2009 se ha llevado a cabo la publicación del Primer Cuaderno de la PPN ¿Como mirar tras los muros?, dirigido a difundir algunos procedimientos estandarizados o protocolos de actuación que aplica el Organismo en su actividad cotidiana de protección de los derechos de los reclusos, en especial ante casos de extrema gravedad, como torturas o muertes en prisión, así como en su actividad de monitoreo de cárceles federales.
• Se han desarrollado actividades institucionales de diversa índole dirigidas a promover la creación del Mecanismo Nacional de Prevención previsto en el Protocolo Facultativo del Convenio contra la Tortura, entre las que se cuenta la participación y organización de Jornadas de discusión, el asesoramiento para la presentación de un proyecto legislativo o la formulación de una opinión propia de la Procuración, la cuál se publicó en el Informe Anual 2008. Destacamos especialmente las "Jornadas sobre la implementación del Mecanismo Nacional de Prevención previsto en el Protocolo Facultativo del Convenio contra la Tortura" celebradas en la ciudad de Córdoba los días 16 y 17 de septiembre de 2008 y organizadas por la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Casa del Liberado de Córdoba, donde se debatió acerca de un Proyecto Legislativo de creación del MNP consensuado entre las organizaciones sociales y presentado ante la Cámara de Diputados de la Nación.
• En esta misma dirección, asimismo se destaca la organización por parte de la Procuración Penitenciaria de la Nación y del Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, junto con las Universidades de Buenos Aires y de La Plata, del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN VISITAS A LUGARES DE DETENCIÓN, el cuál fue desarrollado durante los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2009. Dicho programa, que ha contado con el apoyo de la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT), tuvo como objetivo brindar a los participantes una experiencia teórico-práctica sobre visitas a lugares de detención.
En suma, durante en 2010 la PPN ha desarrollado como línea prioritaria de trabajo la cuestión relacionada con la promoción de la creación del MNP y el avance en generar herramientas para prevenir la tortura y denunciarla y registrarla.
El SPF impone obstáculos a los controles
El SPF impone obstáculos a los controles
En el desarrollo de la tarea la PPN ha enfrentado y enfrenta numerosos obstáculos por parte del SPF. Entorpecimiento de las investigaciones de tortura, prohibición de ingreso a los funcionarios de a PPN con el argumento de que solo el Procurador posee la facultad de ingreso, no respuesta a pedidos de informe. Dichas actitudes frente a la obligación adquirida por el Estado Argentino con la suscripción del protocolo facultativo revisten una gravedad inusitada. A ello se suma la falta de respuesta de las recomendaciones que efectúa la PPN.
Todo ello en un contexto en donde se siguen registrando casos gravísimos de muertes violentes, a las que ya nos referimos, tortura y malos tratos, deficiencias graves en la alimentación y la salud, todas cuestiones sistemáticamente denunciadas por la PPN y desoídas por el Ministerio de Justicia.
Es necesario decir que es hora que el tema carcelario sea parte de la agenda política, porque no puede pensarse en una política seria en materia de seguridad que no contemple la cuestión carcelaria y postpenitenciaria como eje central de la problemática.
A 5 años de dictada la ley que crea la PPN en la orbita del Congreso de la Nación, el respeto por la actividad de la PPN ha sido cada vez mas bastardeado. Es necesario decir que dicha cuestión no se registra en ninguna de las gestiones del Ministerio de Justicia. El nombramiento de un civil al frente del SPF fue celebrado en tanto se consideró que resultaba un avance en la necesaria democratización de la fuerza de seguridad. Sin embrago es necesario decir que dicho civil ha profundizado las obstaculizaciones, y su presencia lejos de desarticular los entorpecimientos lógicos de cualquier fuerza de seguridad frente a la actividad de control, los ha legitimado.
Así ha dictado memos que prohíben el ingreso, ha dado argumentos a los oficiales del SPF para impedir el trabajo de la PPN, ha desandado un camino que ha costado mucho esfuerzo y sacrificio en términos de facilitar el control en las cárceles.
Esta cuestión ha sido francamente un imperdonable retroceso a 25 años del restablecimiento de la democracia, en cuyo ejercicio es necesario respetar los mecanismos de control y generar respecto de ellos el imprescindible ejercicio de contrapeso a fin de evitar las arbitrariedades en estos sistemas.
Esta cuestión ha sido francamente un imperdonable retroceso a 25 años del restablecimiento de la democracia, en cuyo ejercicio es necesario respetar los mecanismos de control y generar respecto de ellos el imprescindible ejercicio de contrapeso a fin de evitar las arbitrariedades en estos sistemas.
Ariel Cejas Meliare- Procuración Penitenciaria de la Nación