miércoles, 21 de mayo de 2008

Mujeres en situación de carcel.



Rosario, 06 Mayo de 2008
Dra. Griselda Tessio

Las mujeres en situación de cárcel de la Unidad Nº V de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, venimos a visibilizar y peticionar por las malas condiciones de detención en la que nos encontramos. Esta situación acarrea varios mandatos y en la actualidad no desconocemos la voluntad política de dicho Gobierno, pero la situación de nuestro encierro configura una grave violación a los más básicos derechos humanos. Somos conscientes que por estar detenidas no perdemos la calidad de seres humanos, ni nos despojamos de ninguno de nuestros derechos que no estén afectados por la pena de prisión. Por ello, concebimos este petitorio como un derecho para comunicarnos por una vía no Violenta, para ser escuchadas, y de este modo transformar nuestra realidad.
DERECHO A LA SALUD:
En relación al medico odontólogo, este no cuenta con los insumos mínimos necesarios para poder preservar nuestra dentadura, lo que implica la inmediata extracción de nuestra piezas dentarias.
En el penal, no nos suministran los medicamentos costosos.
Si este fuera un instituto de recuperación no nos darían medicamentos para que no molestemos.-

El Art. 143 de la ley nacional de ejecución de las penas privativas de la libertad, establece expresamente que gozamos del derecho a la salud; es una responsabilidad del Estado Provincial brindarnos todo lo necesario para ejercer plenamente este derecho, de lo contrario se trataría de un caso de agravamiento ilegitimo de las condiciones de detención, que acarrea responsabilidad internacional al Estado Provincial (Art. 75 inc. 22 de la CN)
ALIMENTACIÓN:
Nuestra alimentación: solo es entregada dos veces al día, no es equilibrada y poco nutritiva, ocasionando trastornos en nuestra salud.
En el caso de mujeres que requieren dieta, no es organizada por un profesional.
En el caso de embarazadas no tienen atención alimentaria, solo le dan leche los días viernes, el sistema penitenciario no les da yogurt ni lácteos.
Consideramos importante recalcar que el Art. 65 de la ley 24660 establece: “la alimentación del interno estará a cargo de la administración, será adecuada a sus necesidades y sustentada en criterios higiénicos-dietéticos.
NIÑEZ EN EL ENCIERRO:
En el caso de nuestros menores a cargo, solo conviven con nosotras aquellos que hallan nacido en el penal y hasta la edad de cuatro años.
Los niños, no poseen atención pediátrica, ni lúdica. Los juguetes son difícilmente ingresados al penal.
No nos entregan los pañales, debemos comprarlos con nuestro peculio, al igual que los lácteos y sus derivados, ya que solo nos entregan un kilo de leche en polvo los días viernes.
En el campo de deporte, no tenemos espacios de recreación para ellos.
En los casos, actuales, de niños con desnutrición (comprobada por profesionales de la salud) no le dan la comida adecuada, ni yogurt, ni queso, ni sus derivados; solo los viernes le entregan un kilo de leche en polvo.
Como surge claramente, en las condiciones actuales de encierro, no respetan nuestros derechos sino tampoco el de nuestros hijos, conculcando las más elementales normativas internacionales de protección de la niñez (Art. 75 inc. 22 “Convención sobre los Derechos del Niño”)
Solicitamos para dar una respuesta a la problemática de los niños/ as encerrados, que se arbitren los medios necesarios para que se les concedan arresto domiciliario a las madres detenidas con sus hijas/ os.
VISITAS:
Que nuestra visita no sea mal tratada: eso significa que no sean alcanzados por nuestra pena y que se respten los horarios de ingreso establecidos.
Requerimos la existencia de un espacio para recibir nuestra visita intima
Agilización del trámite de la visita íntima: Que se acorte el espacio de tiempo entre la finalización de una relación de pareja con visita intima para iniciar otra. Este periodo es de 8 meses, nosotras proponemos 2 meses.
En virtud del principio de intrascendencia de la pena, reconocido constitucionalmente, ésta no puede trascender la persona detenida, es decir, se debe evitar su traslado al núcleo afectivo del condenado.
HIGIENE:
En relación a la higiene de nuestro cuerpo:
No nos entregan las toallitas íntimas, no nos permiten ingresar colonias, nos tenemos que comprar los jabones y el shampoo.
En este aspecto la mencionada ley establece en su Art. 60 “los establecimientos... proveerán al interno de los elementos indispensables para su higiene”, vinculado con el derecho a la salud.
En relación a la higiene del espacio físico, nosotras ya no podemos contar con el acceso libre a los elementos de limpieza.
El Art. 18 de la Constitución Nacional ordena “las cárceles serán sanas y limpias no para castigo sino para seguridad de los presos que habitan en ella...”
DERECHO AL TRABAJO:
Necesitamos talleres con capacitación en oficio que nos otorguen herramientas para una salida laboral.
Solicitamos talleres de actividades: como manualidades; y evitar, como en muchas ocasiones ocurre, que no avisan cuando hay talleres.
Que se promuevan talleres de información: sobre derecho, cuestiones de género, diversidad sexual, etc.
Nos realizan diferentes descuentos del peculio (Ej. por enfermedad), tanto en los talleres de IAPIP y como en el de la limpieza, que no son salarios sino estímulos.
Solicitamos a su vez, un aumento del peculio, porque no nos alcanza, si te compras comida no te alcanza para los insumos de ropa o limpieza personal.
Nuestro derecho a trabajar, y en condiciones dignas está regulado tanto en la ley 24660 (Art. 106 y siguientes) como en la Constitución nacional (Art. 14 bis y Art. 75 inc. 22).
INFRAESTRUCTURA
Solicitamos que nos entreguen colchones; ya que solo nos entregaron algunos, y otros se los entregaron a los empleados.
Solicitamos habitaciones individuales para las chicas de la planta de abajo porque convivimos en situación de hacinamiento. Por ejemplo, en el piso de abajo viven 6 o 7 chicas por habitación (habitaciones de 3x4)
Solicitamos que arreglen los techos. Cuando llueve hay filtraciones, el lugar es muy húmedo.
Que pongan calefacciones. Para que no haga tanto frío y para que ayude a mantener con menos humedad las piezas.
Que se limpien los tanques de agua, porque hay casos de gastroenteritis.
REQUERIMIENTOS PENALISTICOS
Conmutación de pena.
Solicitamos “Mesas de Dialogo” en nuestra unidad de detención, actualmente no las tenemos, con autoridades que tengan poder de decisión sobre nuestro petitorio; asi como la participación de las organizaciones civiles que participan dentro del penal y las/os talleristas. También necesitamos que sean publicadas con fecha y horario.
Comunicación vía directa con el juzgado.
Otro móvil por que hay veces que se retrasan las comisiones para llevar a domicilio u hospitales
Necesitamos que nos atiendan cuando requerimos audiencias para el Director del Establecimiento, porque, generalmente, tenemos que hacer “kilombo”- “cachengue” para que nos atiendan; o bien, cortarnos o agredirnos físicamente para ser escuchadas; y en su extremo, amotinarnos.
Que se realicen con más frecuencia los acercamientos familiares.
Que se restablezcan las caminatas.
NUESTRO PEDIDO CONSISTE EN QUE SE RESPETEN LOS DERECHOS RECONOCIDOS CONSTITUCIONALMENTE.
Mujeres en Situación de Cárcel de la Unidad Nº 5 de Rosario-Provincia de Santa Fe