martes, 18 de mayo de 2010

Juicio por torturas en Neuquén

Comunicado de Zainuco
“Existió una actuación conjunta y coordinada de los imputados”.-
Con la sala colmada, comenzaron los alegatos de la fiscalía y la querella en el juicio a los 27 policías imputados por torturas. Estuvieron presentes las Madres de Plaza de Mayo, Inés Ragni y Lolín Rigoni, Oscar Ragni de la Corriente de Militantes por los DD.HH.,  Ivana Dal Bianco del CeProDH, APDH;  Omar Villablanca, Secretario Sindicato Ceramista, y  Marcelo Gómez de Cerámica Stefani, Analía Fullkner del  Sindicato de Prensa, compañeros y amigos.  También, por primera vez, se acercó una importante cantidad de familiares de los imputados. Mañana serán los alegatos de la defensa.
A pedido del fiscal Rómulo Patti, se incorporó por lectura el testimonio y los certificados emitidos por la médica forense Graciela Esther Coria quien se encuentra enferma y cuyo testimonio había quedado pendiente desde la semana pasada.

Alegato de fiscalía

En su alegato, la fiscalía comenzó con una cronología de los hechos basada en el las declaraciones, informes y pruebas documentales integradas en el expediente y concluyó que los detenidos fueron “reprimidos y apaleados por la fuerza pública más allá de lo que marca la ley”. Patti, hizo alusión a que las pautas para llevar adelante procedimientos de requisa demuestran “la orfandad total de instrucción del personal encargado del control, alojamiento y seguridad de los detenidos. El destino de la U11 fue y sigue siendo un lugar de castigo no deseado (para la policía).”
Según el análisis basado en las autorías pidió penas de prisión de tres años y ocho meses además de la inhabilitación perpetua para desempeñar cargos públicos y portar armas para Renee Fuentes y Manuel Montoya, Jefes de la U11, por considerarlos responsables al dejar que los acontecimientos se desarrollaran de esa forma. Ambos estuvieron presentes en el penal los días de los hechos, como demostraron los testimonios.
Para los encargados del Grupo de Requisa José Antonio Corrilán y Juan Carlos Aravena exigió ocho años de prisión y el mismo impedimento que los anteriores. Por último, tres años para José Delfín Oses y Walter Gustavo Crespo, que habían sido señalados como agresores por los detenidos.
El resto de los imputados quedó libre de acusaciones “por la imposibilidad de determinar el accionar de cada uno de ellos”, según fundamentó Patti.

Alegato de la querella
Por su parte, Blanca López y Federico Egea, abogados de ZAINUCO por la querella, detallaron exhaustivamente las acusaciones día por día y la participación de cada uno de los imputados, las modalidades de ejecución adoptadas y la calificación legal, autoría y su correspondiente atribución de responsabilidad.
Luego, desecharon dos hipótesis que esgrimía la defensa: el intento de motín y la autolesión. En relación a la primera, Egea explicó que “lo que se intentó mostrar como un motín fue en los hechos un reclamo legítimo realizado por los internos en miras a la desesperante situación que desde hace varios meses vivían en la unidad de detención como producto del accionar policial”, y argumentó que, de todas formas, un motín no justifica las golpizas, la exposición a los gases, la exposición a reactivos químicos, la sustracción de pertenencias y todas las ilegitimas conductas desplegadas por los imputados.
Respecto a la conjetura de autolesión por parte de los detenidos, el abogado destacó que “conforme surge de los testimonios brindados por los Dres. Kugler y Flores (médicos forenses), las heridas presentadas por lo internos no eran compatibles por su ubicación y sus características con las producidas en su caso de auto lesión”.
A continuación, la querella expuso que la definición de “Tortura” no se acota solamente a los tormentos físicos, sino también la imposición de sufrimientos psíquicos, cuando éstos tengan gravedad suficiente. En este sentido, fundamentaron la calificación del delito de Tortura a partir de los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional en nuestro país: Declaración Universal de Derechos Humanos, Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Coautoría
“Existen una serie de indicios y pruebas indirectas que llevan a una conclusión  unívoca respecto de la participación de todos los imputados en los hechos atribuidos”, fundamentó Egea y explicó que “la actuación conjunta y coordinada que fuera necesaria para realizar los hechos traídos a juicio, exige necesariamente una coincidencia subjetiva del tipo de un acuerdo entre los distintos agentes que intervinieron”.
En este sentido, esclareciendo la duda acerca de la participación de todos los imputados en el hecho, refirió que existió una división de tareas entre las personas acusadas: “algunos efectivos se encargaban de retirarlos de los pabellones, otros de reducirlos y esposarlos, mientras otros los golpeaban. Como se producía una rotación en esta división de tareas, todos los miembros de los grupos de requisa terminaron habiéndolos golpeado”.
“La naturaleza de los hechos cometidos exige por sí misma la intervención de varias personas y la división de tareas entre ellos, ya que el hecho no podría haber sido cometido por una sola persona, ni tampoco por un colectivo de  personas que no actuara coordinadamente”, remató el abogado.
Posteriormente, la querella pidió, la pena de prisión por 15 años e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos para los miembros del Grupo de Requisa. En cuanto a los imputados Rene Fuentes y Manuel Montoya, a quienes se responsabilizó por omitir realizar una acción para evitar la práctica de las torturas aún estando presentes en la U11 y ejerciendo funciones de alta jerarquía, se pidió una pena de prisión de nueve años para cada uno de ellos.
Finalmente, Egea esclareció que ZAINUCO, como organismo de Derechos Humanos, tiene una postura abolicionista con respecto a la cárcel, ya que no considera sea una institución que ayude a la reinserción social de los detenidos. Aún así, puntualizó que es el método de castigo adoptado por esta sociedad y llamó a la reflexión para buscar formas de sanción menos denigrantes para las personas.