miércoles, 10 de marzo de 2010


Sin bien la ley expresa el Art.158 de la ley nacional 24660, y dice: “El interno tiene derecho a comunicarse periódicamente, en forma oral o escrita, con su familia, amigos, allegados, curadores y abogados”. Esto no es respetado por las autoridades de la Unidad tres de Rosario.

Según un informe enviado a nuestra redacción por los compañeros de Rompiendo el Silencio, de la Unidad tres de Rosario, vemos que estos términos de la Ley se ven obstaculizados y los detenidos no tienen el derecho a utilizar diariamente la telefonía pública existente en el establecimiento, en este caso más precisamente en el pabellón celular “B”, para comunicarse en los términos establecidos por la ley.

Por esta razón nos dicen: “La población penal del pabellón que mencionamos, tuvo que tomar una decisión y los pasos a seguir. Así, se formó una asamblea en la que participaron todos los habitantes y estuvieron de acuerdo en promover una huelga de hambre como medio de reclamo ante las Autoridades del Servicio Penitenciario y hasta el momento las mismas han hecho oídos sordos".

Además agregan: “Las autoridades no presionan a la Empresa Telecom para que esta preste un servicio acorde a los costos de las llamadas que son, en todo caso valuados como si fueran de la primer tecnología y no Teléfonos Reciclados de los que retiran de la vía pública; es decir material obsoleto y sin ninguna capacidad de uso.

Y por ultimo termina diciendo el informe: "Creemos que esta es la manera de efectuar un reclamo permanente, ya que venimos padeciendo continuamente la falta de telefonía, debido a los aparatos en mal estado de conservación que son puestos para uso de los internos y que son, en definitiva, Clientes cautivos del monopolio de Telecom”.